Peritaje sobre el fenómeno de la criminalización de la protesta social a la luz del derecho internacional de los Derechos Humanos
Resumen
"Toda persona tiene derecho individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional."
Articulo 1 de la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos.
Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas 9 de diciembre de 1998.
Refbacks
- No hay Refbacks actualmente.