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        <journal-title>Revista Trabajo Social</journal-title>
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      <publisher>
        <publisher-name>Escuela de Trabajo Social, Universidad de San Carlos de Guatemala</publisher-name>
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      <article-id pub-id-type="publisher-id">RTS-43-1-2024-04</article-id>

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        <article-title>Cuerpos, espacios, violencias y evaluación del desarrollo: el caso de las mujeres víctimas de violencia sexual en el departamento de Chimaltenango</article-title>
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        <contrib contrib-type="author">
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            <surname>Santos Pérez</surname>
            <given-names>Carmen María de los Angeles</given-names>
          </name>
          <degrees>Lcda.</degrees>
          <aff>
            <institution>Licenciada en Trabajo Social con énfasis en gerencia del desarrollo; Jefa del departamento de Trabajo Social del Instituto de la Víctima, Gobierno de Guatemala</institution>
            <country>GT</country>
          </aff>
          <email>ajsp1912@gmail.com</email>
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      <history>
        <date date-type="received">
          <day>12</day><month>02</month><year>2025</year>
        </date>
        <date date-type="accepted">
          <day>18</day><month>06</month><year>2025</year>
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      <volume>1</volume>
      <issue>43</issue>
      <fpage>55</fpage>
      <lpage>67</lpage>

      <abstract xml:lang="es"><p>Este artículo examina las exclusiones al desarrollo que enfrentan mujeres víctimas de violencia sexual en Chimaltenango, Guatemala, desde el enfoque del desarrollo como libertad de Amartya Sen. A través de una metodología mixta, se recopilaron datos cuantitativos de operadores institucionales y entrevistas cualitativas a mujeres sobrevivientes.
Los resultados evidencian múltiples formas de exclusión: falta de información accesible, trato institucional deficiente, revictimización, discriminación lingüística y escasa continuidad en la atención. Las instituciones presentan debilidades técnicas, poca articulación y desajustes culturales en sus servicios, lo que impacta en las mujeres indígenas. Aunque existen normas y protocolos, su implementación es limitada y las medidas de reparación digna son poco frecuentes.
No obstante, se documentó un caso positivo de restitución simbólica que demuestra el potencial transformador del trabajo social con enfoque de derechos. En conjunto, los hallazgos muestran que el Estado reproduce barreras estructurales que restringen el ejercicio de libertades humanas. Avanzar hacia un desarrollo humano inclusivo requiere superar dichas barreras mediante la mejora de la oferta informativa, el fortalecimiento de las relaciones institucionales y la garantía de medidas integrales de justicia y reparación.
sexual.
Palabras clave: desarrollo como libertad, exclusión, mujeres indígenas, reparación digna, violencia</p></abstract>
      <kwd-group xml:lang="es">
        <kwd>desarrollo como libertad</kwd><kwd>exclusión</kwd><kwd>mujeres indígenas</kwd><kwd>reparación digna</kwd><kwd>violencia sexual</kwd>
      </kwd-group>

      <abstract xml:lang="en"><p>This article examines the exclusions from development faced by women victims of sexual violence in Chimaltenango, Guatemala, from the perspective of Amartya Sen’s development as freedom. Using a mixed methodology, quantitative data were collected from institutional operators and qualitative interviews were conducted with women survivors.
The results highlight multiple forms of exclusion: lack of accessible information, poor institutional treatment, revictimization, linguistic discrimination, and limited continuity of care. Institutions display technical weaknesses, low levels of coordination, and cultural mismatches in their services, which have a disproportionate impact on Indigenous women.
Although norms and protocols exist, their implementation is limited, and dignified reparation
measures are infrequent.
Nevertheless, a positive case of symbolic restitution was documented, demonstrating the transformative potential of social work with a rights-based approach. Overall, the findings show that the State reproduces structural barriers that restrict the exercise of human freedoms. Advancing toward inclusive human development requires overcoming these barriers by improving the availability of information, strengthening institutional relations, and ensuring comprehensive measures of justice and reparation.
Keywords: development as freedom, dignified reparation, exclusion, Indigenous women, sexual
violence.</p></abstract>
      <kwd-group xml:lang="en">
        <kwd>development as freedom</kwd><kwd>exclusion</kwd><kwd>Indigenous women</kwd><kwd>dignified reparation</kwd><kwd>sexual violence</kwd>
      </kwd-group>

    </article-meta>
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    <sec id="sec-introducci-n">
      <title>Introducción</title>
      <p>En Guatemala, la violencia sexual representa una manifestación compleja de las desigualdades estructurales y de los procesos históricos de exclusión que afectan a las mujeres. En territorios como el departamento de Chimaltenango, esta problemática se articula con el patriarcado, la pobreza persistente y el centralismo institucional.</p>
      <p>Las niñas, adolescentes y mujeres —particularmente aquellas de pueblos originarios— enfrentan no solo la vulneración de su integridad, sino también procesos continuos de revictimización institucional que limitan su acceso a la justicia, a la reparación efectiva y a condiciones para el desarrollo humano.</p>
      <p>Con el propósito de profundizar en esta problemática, se llevó a cabo una investigación cuyo objetivo general fue identificar el tipo de exclusiones que enfrentan las mujeres que han sido víctimas de violencia sexual, por parte de las instituciones del Estado en el departamento de Chimaltenango.</p>
      <p>De manera complementaria, se plantearon los siguientes objetivos específicos:</p>
      <p>Analizar la relación entre la calidad de atención brindada por los operadores de justicia y el nivel de satisfacción expresado por las víctimas de violencia sexual en el departamento de Chimaltenango.</p>
      <p>Determinar el grado de cumplimiento de la obligación del Estado de promover instituciones justas, pacíficas e inclusivas en los procesos de investigación y sanción de la violencia sexual en el departamento de Chimaltenango.</p>
      <p>Identificar las condiciones y alcances de una reparación efectiva, comprendida desde el enfoque del desarrollo sostenible, para las mujeres víctimas de violencia sexual en el departamento de Chimaltenango.</p>
      <p>Estos objetivos guiaron la investigación cuyos principales hallazgos se presentan a continuación</p>
    </sec>

    <sec id="sec-metodolog-a">
      <title>Metodología</title>
      <p>El estudio se desarrolló mediante una estrategia metodológica de tipo mixto con diseño secuencial. En la fase cuantitativa se aplicaron 32 encuestas estructuradas a operadores de justicia, salud y protección, tomando como referencia una población de 340 mujeres víctimas de violencia atendidas en centros hospitalarios del departamento de Chimaltenango entre 2022 y 2023. La muestra se determinó aplicando la fórmula para poblaciones finitas, con un nivel de confianza del 95% y un margen de error del 10% (Hernández Sampieri, Fernández Collado &amp; Baptista, 2014).</p>
      <p>En la fase cualitativa se realizaron 28 entrevistas semiestructuradas, de las cuales 18 fueron a mujeres sobrevivientes de violencia sexual y 10 a víctimas colaterales (padres y madres). Las participantes fueron seleccionadas mediante un muestreo intencional que buscó reflejar diversidad en edad, pertenencia étnica y experiencias en el acceso a los servicios institucionales.</p>
      <p>El análisis se llevó a cabo con un enfoque interseccional, integrando categorías del Trabajo Social y resguardando principios éticos como el consentimiento informado, la confidencialidad y el cuidado psicosocial. Esta estrategia permitió identificar patrones de exclusión y evaluar de manera crítica el impacto de las respuestas institucionales en el ejercicio de derechos y libertades de las mujeres y sus familias.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-fundamentaci-n-te-rica">
      <title>Fundamentación teórica</title>
      <p>El marco teórico se estructura en torno a tres ejes centrales que se articulan entre sí. En primer lugar, la violencia de género se comprende como una forma estructural de dominación, tal como plantea Lagarde (1996), lo cual permite explicar cómo las relaciones de poder patriarcales sostienen y legitiman la subordinación de las mujeres. En segundo lugar, desde la perspectiva del desarrollo como libertad de Sen (2000), se interpreta que la violencia sexual constituye una barrera que restringe las libertades sustantivas de las mujeres, impidiendo su autonomía y su capacidad de elección. Finalmente, los enfoques de reparación digna con perspectiva de género e interseccionalidad, recogidos en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2009), permiten proyectar respuestas estatales orientadas a restituir derechos, prevenir la revictimización y garantizar la no repetición.</p>
      <p>Estos tres ejes se entrelazan con el concepto de proyecto de vida afectado, y se nutren de categorías propias del Trabajo Social como la intervención crítica, el desarrollo humano y el acompañamiento ético. La articulación entre la teoría y los hallazgos del trabajo de campo visibiliza las múltiples formas de discriminación que enfrentan las mujeres por razón de género, etnicidad, lengua y situación socioeconómica. En conjunto, esta fundamentación permite comprender la violencia sexual no solo como un delito individual, sino como una barrera estructural que limita el bienestar, la ciudadanía plena y las oportunidades de desarrollo de las mujeres.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-violencia-de-g-nero-y-contra-la-mujer">
      <title>Violencia de género y contra la mujer</title>
      <p>La violencia de género se entiende como una forma estructural de dominación que coloca a las mujeres en situación de subordinación dentro del sistema patriarcal. Según Lagarde (1996), esta violencia constituye una expresión misógina que se manifiesta en diversas formas —física, psicológica, económica, patrimonial y sexual— y tiene como finalidad controlar el cuerpo, la autonomía y las capacidades de las mujeres. Desde esta perspectiva, la violencia sexual es una de las manifestaciones más extremas de dominación, pues limita no solo los derechos sexuales y reproductivos, sino también las oportunidades de participación social y política.</p>
      <p>Por su parte, la violencia contra la mujer ha sido definida como resultado de creencias patriarcales que consideran a las mujeres seres inferiores, perpetuando prácticas de exclusión y desigualdad. Batres (1997) sostiene que esta violencia se reproduce en el ámbito familiar y comunitario, reforzando el estigma, la culpa y la falta de acceso a derechos fundamentales como la educación y la salud sexual y reproductiva.</p>
      <p>En este sentido, la violencia contra la mujer no se reduce a hechos aislados, sino que refleja una problemática</p>
      <p>social estructural enraizada en patrones culturales de discriminación.</p>
      <p>De esta forma, tanto la violencia de género como la violencia contra la mujer deben analizarse desde un enfoque de derechos humanos, que reconozca cómo estas prácticas limitan el desarrollo humano y la ciudadanía plena de las mujeres.</p>
      <p>Así, la violencia sexual no solo se analiza como delito, sino como una privación sistemática de libertades que demanda respuestas integrales de justicia y reparación (Corte IDH, 2009).</p>
    </sec>

    <sec id="sec-desarrollo-desde-la-libertad">
      <title>Desarrollo desde la libertad</title>
      <p>Sen (2000) propone una concepción del desarrollo centrada en la expansión de las libertades reales —económicas, sociales y personales— como base fundamental para el bienestar humano. En este enfoque, la violencia sexual y la revictimización son obstáculos estructurales que restringen las libertades de las mujeres, limitando su capacidad de elección y participación plena en la sociedad. Estas violencias no solo afectan derechos individuales, sino que impiden el desarrollo colectivo al generar consecuencias físicas, emocionales y económicas profundas.</p>
      <p>En el marco de este estudio, se incorpora una construcción propia, sustentada en la experiencia del Trabajo Social en el abordaje de casos de violencia sexual. Desde esta perspectiva profesional, se plantea que el sistema de justicia debe priorizar el desarrollo desde la libertad, garantizando que las mujeres puedan habitar sus hogares, escuelas, iglesias y comunidades sin miedo. Se observa, además, que las consecuencias de la violencia sexual incluyen enfermedades, embarazos forzados, estigmatización y pérdida de oportunidades formativas y laborales, lo que con frecuencia obliga a las mujeres a recurrir a la venta de bienes básicos para cubrir gastos derivados del abuso.</p>
      <p>Este análisis, derivado de la articulación entre teoría y práctica profesional, revela cómo la exclusión al desarrollo se perpetúa a través de instituciones que no aseguran una atención adecuada a las víctimas. Evaluar la calidad de la atención brindada por el Estado y sus instituciones resulta crucial para diseñar estándares que eviten la revictimización y promuevan una reparación digna. Solo mediante la garantía de libertad y seguridad para las mujeres será posible avanzar hacia un desarrollo sostenible y justo en contextos como el de Chimaltenango.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-violencia-sexual-teor-a-sustantiva">
      <title>Violencia sexual: teoría sustantiva</title>
      <p>En el marco de la teoría sustantiva sobre la violencia sexual, se distingue su impacto tanto en mujeres adultas como en niñas y adolescentes, atendiendo a las especificidades que atraviesan a cada grupo etario. Belmont (2020), junto con lo establecido en la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer en Guatemala (Congreso de la República, 2008), define la violencia sexual como una grave transgresión de la indemnidad sexual de las mujeres, que vulnera de forma directa su integridad física y emocional, constituyendo un delito que atenta contra su libertad sexual.</p>
      <p>En el caso de la niñez y la adolescencia, Finkelhor (2008) identifica un entramado de factores de riesgo y dinámicas que incrementan la probabilidad de victimización, entre ellos la motivación del agresor, la reducción de inhibiciones y la oportunidad de acceso a la víctima.</p>
      <p>De manera complementaria, Echeburúa (2000) describe cómo la ausencia de vínculos parentales sólidos, las disfunciones familiares y la presencia de discapacidades físicas o psicosociales aumentan la vulnerabilidad infantil, además de detallar fases comunes del proceso de abuso —acercamiento, interacción sexual, secreto y revelación— con sus implicaciones clínicas y terapéuticas.</p>
      <p>Finalmente, la perspectiva de la victimología del desarrollo, desarrollada por Finkelhor (2008) y difundida en castellano por Pereda (2012), subraya que niñas y niños no solo experimentan formas de</p>
      <p>victimización similares a las de los adultos, sino que su alta dependencia emocional, económica y social los coloca en una situación de mayor vulnerabilidad, lo que hace necesaria una respuesta diferenciada e integral desde las instituciones y las políticas públicas.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-reparaci-n-digna-con-enfoque-de-g-nero">
      <title>Reparación digna con enfoque de género</title>
      <p>La reparación con enfoque de género exige considerar las condiciones específicas de las víctimas, reconociendo las desigualdades estructurales que enfrentan. La sentencia del caso Campo Algodonero de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) marcó un hito al establecer que las medidas de reparación para mujeres víctimas de violencia deben incluir satisfacción, rehabilitación, garantías de no repetición y compensación, todo desde una perspectiva de género.</p>
      <p>En Guatemala, aunque existen avances normativos como la Instrucción General 05-2011 del Ministerio Público (MP), el Protocolo de Atención Integral de 2014 y la Política de Reparación Digna y Transformadora del Organismo Judicial (2019), su aplicación práctica sigue siendo limitada. Estas normativas establecen que las medidas de reparación deben garantizar no solo resarcimiento material, sino también reconocimiento de la dignidad de las víctimas y medidas que prevengan la revictimización.</p>
      <p>El enfoque de género implica visibilizar cómo las desigualdades afectan a las mujeres en sus contextos sociales, culturales y comunitarios. Por ello, la reparación debe contemplar las voces y necesidades de las víctimas para ser efectiva. No obstante, se identifican obstáculos como la falta de ejecución de sentencias, deficiencias en la cadena de custodia y revictimización durante los procesos judiciales.</p>
      <p>Desde la perspectiva del Estado, la reparación es la oportunidad de brindar seguridad y justicia a la víctima para que esta recupere la credibilidad en el sistema y la sociedad. Además, debe adoptar medidas con el fin de lograr la no repetición de los hechos. Desde la perspectiva de la víctima, la reparación se refleja en los esfuerzos que desarrolle el estado y la sociedad para remediar el daño que ha sufrido. Es por ello fundamental la participación de la víctima en la definición de esas medidas. De esta manera se conoce cuáles son las necesidades y percepciones de la víctima con relación a la reparación que esperan.</p>
      <p>El desarrollo queda truncado cuando la sentencia es absolutoria y la reparación digna no puede ser ejecutada, o más aún cuando la denuncia queda en primera instancia por falta de mérito o sobreseído porque no se ha cumplido con la cadena de custodia o peor aun cuando no se ha cumplido con la debida diligencia y la investigación permea la dignidad de las víctimas, por las múltiples formas de victimización al repetir constantemente un relato del hecho victimizante para determinar tiempo, modo y lugar.</p>
      <p>Vale la pena distinguir cómo se han estado asumiendo las medidas, principalmente relacionadas con apoyo psicológico, becas escolares, apoyo social, rehabilitación de agresores, entre otras y si las medidas victimológicas que se hacen a través de derivaciones de las sobrevivientes a instituciones públicas o privadas han sido de beneficio para el desarrollo de las mujeres víctimas de delitos sexuales, o por el contrario se ha quedado solo en protocolos de atención.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-revictimizaci-n">
      <title>Revictimización</title>
      <p>La revictimización fue un patrón constante en los relatos, evidenciado en la reiterada solicitud de testimonio por parte de distintos operadores del sistema de justicia, en espacios muchas veces carentes de sensibilidad cultural y enfoque de derechos. Esta práctica vulnera el principio de no repetición y contribuye a la profundización del trauma. En el caso de mujeres indígenas, esta experiencia se agrava debido a barreras idiomáticas y al desconocimiento institucional de sus cosmovisiones, lo que reproduce una forma de violencia epistémica y cultural (Segato, 2013).</p>
      <p>Como advierte Lagarde (1996), la violencia contra las mujeres no se limita al hecho puntual, sino que se inserta en estructuras de dominación patriarcal que se reproducen en la vida cotidiana e institucional. Desde la perspectiva del desarrollo como libertad (Sen, 2000), la revictimización constituye además una privación de capacidades, pues impide a las mujeres ejercer plenamente su autonomía y</p>
      <p>limita sus oportunidades de reparación y bienestar. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2009) ha señalado que estas prácticas son incompatibles con la debida diligencia y con la obligación estatal de garantizar procesos justos, inclusivos y libres de discriminación.</p>
      <p>Desde la perspectiva del Trabajo Social, la revictimización no solo constituye una falla institucional, sino también un obstáculo en la reconstrucción del proyecto de vida de las sobrevivientes. Al obligar a las mujeres a repetir sus testimonios en múltiples espacios, se refuerza el trauma y se limita su capacidad de resiliencia, configurando una privación de libertades que restringe sus oportunidades de desarrollo. Este estudio plantea que la no revictimización debe asumirse como un estándar de calidad en la atención, lo cual exige la creación de espacios de escucha única, el fortalecimiento del acompañamiento ético y la incorporación de enfoques culturalmente pertinentes. De esta manera, el Trabajo Social aporta una mirada crítica e integral que, más allá de la sanción penal, coloca en el centro la dignidad y la reparación transformadora de las mujeres.1</p>
    </sec>

    <sec id="sec-percepci-n-de-exclusi-n">
      <title>Percepción de exclusión</title>
      <p>Las mujeres entrevistadas manifestaron sentirse excluidas del sistema institucional, señalando barreras económicas, geográficas y culturales para acceder a servicios de salud, justicia y apoyo psicosocial. Esta exclusión no es únicamente estructural, sino que responde también a un modelo estatal que continúa centrado en paradigmas urbanos y ladinos, lo cual invisibiliza las necesidades específicas de las mujeres indígenas y vulnera el principio de igualdad sustantiva. Se identifica aquí una forma de “ciudadanía parcial”, donde no todas las personas acceden a los mismos derechos en condiciones equitativas (Fraser, 2006).</p>
    </sec>

    <sec id="sec-resultados">
      <title>Resultados</title>
    </sec>

    <sec id="sec-acceso-a-la-justicia-y-brechas-pendientes">
      <title>Acceso a la justicia y brechas pendientes</title>
      <p>El análisis de judicialización revela una brecha alarmante:</p>
      <p>Sin embargo, la realidad es otra, ya que el acceso que tienen los jóvenes a la educación es limitado y más</p>
      <p>Violación: de 275 denuncias, solo 20 fueron judicializadas, quedando 255 casos pendientes.</p>
      <p>Agresión sexual: de 183 denuncias, únicamente 18 se judicializaron, dejando 165 casos sin acceso efectivo a la justicia.</p>
      <p>Violación agravada: de 38 casos, se judicializaron 49; esto sugiere que se resolvieron algunos rezagos</p>
      <p>de años anteriores.</p>
      <p>Agresión sexual con agravación de la pena: los 18 casos denunciados fueron judicializados en su totalidad.</p>
      <p>En síntesis, de los más de 600 casos denunciados, apenas un 12% avanzó hacia judicialización, mientras que la gran mayoría continúa en espera de justicia.</p>
      <p>Por su parte el Organismo Judicial de acuerdo con los estándares en relación a los derechos humanos de las mujeres que consisten en garantizar, proteger, sancionar, prevenir y actuar con la debida diligencia y obligación de no discriminación de acuerdo con información de acceso público obtenido el 26 de febrero del año 2024, reporta que ha dictado sentencias condenatorias en los siguientes delitos.</p>
      <p>Figura 2</p>
      <p>Sentencias condenatorias dictadas por el Organismo Judicial en delitos de violencia sexual contra mujeres en el departamento de Chimaltenango, 2022–2023</p>
      <p>Nota. Elaboración propia con datos de información pública del Organismo Judicial (marzo, 2024) Así también ha informado que ha dictado sentencias absolutorias de la siguiente forma.</p>
      <p>Figura 3</p>
      <p>Sentencias absolutorias por el Organismo Judicial en delitos relacionados con violencia sexual contra las mujeres entre los años 2022 y 2023 en el departamento de Chimaltenango.</p>
      <p>Nota. Elaboración propia con datos de información pública del Organismo Judicial (marzo 2024).</p>
      <p>Entre 2022 y 2023, 340 mujeres fueron atendidas en los servicios de salud del departamento de Chimaltenango, mientras que más de 600 denunciaron delitos sexuales ante el Ministerio Público del departamento de Chimaltenango. Sin embargo, únicamente alrededor de 105 casos avanzaron hacia la judicialización, dejando más de 420 mujeres en espera de justicia.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-an-lisis-institucional-de-la-atenci-n-a-mujeres-v-ctimas-de-violencia-sexual">
      <title>Análisis institucional de la atención a mujeres víctimas de violencia sexual</title>
      <p>El análisis institucional de la atención a mujeres víctimas de violencia sexual en el departamento de Chimaltenango se desarrolló mediante una estrategia mixta que combinó la aplicación de cuestionarios a representantes de instituciones y entrevistas semiestructuradas a sobrevivientes. Esta doble perspectiva permitió observar tanto las percepciones de los operadores de justicia, salud y protección como las experiencias vividas por las mujeres en su interacción con el sistema.</p>
      <p>En el componente cuantitativo, se encuestó a 32 personas —22 mujeres y 10 hombres— pertenecientes a instituciones como el Ministerio Público, el Organismo Judicial, la Procuraduría General de la Nación, la Policía Nacional Civil, hospital regional y municipal. Los resultados mostraron que existe un conocimiento general de los protocolos y rutas de atención, junto con esfuerzos de coordinación interinstitucional. Sin embargo, también se identificaron brechas persistentes relacionadas con la accesibilidad, la claridad en la comunicación y la aplicación homogénea de enfoques diferenciales, especialmente en la atención a mujeres indígenas, niñas y adolescentes. Si bien una parte del personal encuestado reconoció la importancia de transmitir confianza y creer en el relato de las víctimas, otras respuestas evidenciaron falencias en la explicación de derechos y en la sensibilización institucional. En términos generales, el cuestionario confirmó la existencia de lineamientos formales, pero también puso de relieve la distancia entre el diseño de los protocolos y su cumplimiento real en la práctica cotidiana.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-la-voz-de-las-sobrevivientes">
      <title>La voz de las sobrevivientes</title>
      <p>El componente cualitativo, basado en entrevistas semiestructuradas, ofreció una mirada más cercana y profunda sobre las experiencias de exclusión y revictimización. Las mujeres entrevistadas señalaron reiteradamente la desinformación como una de las principales fallas en su proceso. Muchas de ellas relataron que nunca se les explicó de manera clara cuáles eran sus derechos ni qué pasos debían</p>
      <p>seguir después de la denuncia. Una participante expresó: “No sabía a dónde acudir. Aquí en la comunidad no se habla de eso” (Entrevista, E1, 2024). Otra agregó: “Nunca me explicaron que tenía derecho a reparación” (Entrevista, E2, 2024). Esta ausencia de información limitó sus posibilidades de acceder a la justicia y reforzó sentimientos de confusión y desprotección.</p>
      <p>El problema se agravó en el caso de mujeres indígenas, quienes enfrentaron barreras lingüísticas al no recibir atención en su idioma. Una entrevistada relató: “Yo no hablo español, no comprendí muy bien qué me decían” (Entrevista, E3, 2024). Este testimonio refleja no solo la falta de intérpretes, sino también invisibiliza las cosmovisiones y necesidades culturales de las mujeres mayas.</p>
      <p>Otra categoría emergente fue la indiferencia institucional. Varias mujeres describieron que la atención recibida fue distante y carente de empatía, lo que les hizo sentir que su situación no era tomada en serio. Una de ellas señaló: “Sentí que a nadie le importaba. Me atendieron viendo su celular” (Entrevista, E4, 2024). Este tipo de trato, más administrativo que humano, contribuyó a la percepción de abandono y debilitó la confianza en las instituciones.</p>
      <p>Asimismo, el trato inadecuado fue un patrón recurrente. Algunas mujeres señalaron haber enfrentado preguntas formuladas de manera insensible o invasiva, lo que aumentó su vulnerabilidad. Como relató una participante: “Me hacían preguntas que me daba vergüenza responder” (Entrevista, E10, 2024). Estas experiencias confirman que la ausencia de un enfoque sensible puede convertirse en una forma de violencia simbólica que refuerza el trauma inicial.</p>
      <p>La burocracia y repetición innecesaria de testimonios también fueron señaladas como una de las experiencias más desgastantes. Una entrevistada comentó: “Me hicieron repetir mi historia como cinco veces, y en cada oficina parecía que no sabían nada” (Entrevista, E11, 2024). La multiplicación de relatos ante diferentes funcionarios, sin coordinación ni justificación clara, generó revictimización institucional y profundizó el dolor emocional de las mujeres.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-la-reparaci-n-como-libertad-una-experiencia-significativa-desde-el-enfoque-de-desarrollo-humano">
      <title>La Reparación como Libertad: Una experiencia significativa desde el enfoque de desarrollo humano</title>
      <p>A pesar del panorama adverso, el trabajo de campo permitió documentar una experiencia significativa de reparación integral. A través de la transformación del testimonio en una narrativa simbólica, se visibilizó la posibilidad de recuperar la dignidad y reconstruir el proyecto de vida cuando las instituciones actúan con enfoque de derechos, sensibilidad humana y compromiso transformador. La restitución incluyó componentes materiales y simbólicos, complementados con acciones de rehabilitación y garantías de no repetición, en coherencia con los estándares internacionales.</p>
      <p>El Trabajo Social desempeñó un papel clave en la atención centrada en la persona, al articular la coordinación interinstitucional (Dirección Municipal de la Mujer, MAGA y CONRED), acompañar socialmente a la víctima en la explicación del proceso penal y sus etapas, así como la forma de participación de la víctima y promover una restitución que trascendiera lo económico, devolviendo un sentido de dignidad, pertenencia comunitaria y libertad real.</p>
    </sec>

    <sec id="sec-el-regreso-de-ana-relato-testimonial-seud-nimo-utilizado-">
      <title>El regreso de Ana (relato testimonial, seudónimo utilizado)</title>
      <p>En una pequeña aldea rodeada de montañas y pinos, vivía Ana. Su vida giraba en torno al cuidado de sus padres ancianos y de sus ovejas. Cada mañana, al amanecer, salía con su perro y su tejido a pastorear a cuarenta animales. El campo, el sol y el balido de las ovejas eran su mundo.</p>
      <p>Sin embargo, la tranquilidad de Ana se vio amenazada por su vecino, un hombre mayor con esposa e hijos, que la acechaba como un lobo. La soledad de los parajes donde pastaba se convirtió en el escenario para violentarla, expropiando lo más sagrado: su cuerpo. La obligaba a besarlo y le exigía que huyera con él, pero Ana nunca aceptó. Su padre, a pesar de su avanzada edad, la acompañó varias veces para protegerla, aunque no siempre podía hacerlo.</p>
      <p>El acoso y la violencia continuaron, hasta que su padre tomó la dolorosa decisión de vender las ovejas. “Cuando entregué mi chivo más pequeño, que tenía solo dos meses, sentí que mi vida se perdía”, recordó Ana.</p>
      <p>La denuncia fue presentada, y tras un proceso judicial que culminó con una sentencia condenatoria, Ana seguía marcada por la pérdida. Ya no encontraba sentido en regresar a las montañas donde antes tejía y pastoreaba. Sin embargo, la Dirección Municipal de la Mujer, en coordinación con MAGA y CONRED, le otorgó una pareja de ovejas como medida de restitución integral.</p>
      <p>La fotografía de ese momento muestra a Ana recibiendo nuevamente sus animales, pero también simboliza su regreso al campo, tejiendo bajo el encino y el pino, respirando sin miedo. La restitución de su vínculo con la tierra, sus animales y su oficio permitió a Ana recuperar parte de su libertad, dignidad y seguridad.</p>
      <p>Ana había recuperado su vida y su esperanza. El campo volvió a ser su refugio y su lugar de paz.</p>
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    <sec id="sec-reflexiones">
      <title>Reflexiones</title>
      <p>La investigación evidencia que la violencia sexual sufrida por mujeres, niñas y adolescentes en Chimaltenango no puede entenderse únicamente como un acto delictivo individual, sino como una manifestación estructural de exclusión que limita las libertades reales de las víctimas. En línea con el enfoque de Sen (2000), se concluye que estas violencias restringen las oportunidades de elección, participación y bienestar, constituyéndose en obstáculos graves para el ejercicio pleno de su ciudadanía.</p>
      <p>A pesar de la existencia de marcos normativos y protocolos de atención, las respuestas institucionales siguen siendo fragmentadas, insensibles y marcadas por una lógica burocrática que revictimiza a las mujeres. El sistema judicial no garantiza debida diligencia, la atención en salud es tardía o inexistente, y los mecanismos de reparación efectiva rara vez se implementan. La desarticulación entre instituciones debilita la respuesta estatal y contribuye a la impunidad.</p>
      <p>Las mujeres indígenas enfrentan una combinación de exclusiones de tipo lingüístico, territorial, étnico y de género, que las sitúan en condiciones de especial vulnerabilidad. Estas barreras no solo dificultan el acceso a servicios, sino que también invisibilizan sus experiencias dentro del sistema institucional.</p>
      <p>La reparación digna con enfoque de género sigue siendo más una aspiración normativa que una práctica consolidada. Las mujeres entrevistadas relataron rupturas severas en su proyecto de vida sin recibir medidas efectivas de restitución ni acompañamiento continuo. La escasa implementación de sentencias condenatorias y la falta de seguimiento posterior refuerzan la percepción de abandono estatal.</p>
      <p>En contraste con el panorama general, el caso de Ana, demuestra que cuando el Estado actúa con sensibilidad, articulación interinstitucional y enfoque de derechos, es posible restituir parte del proyecto de vida de una víctima. En este proceso, el Trabajo Social desempeñó un papel clave al articular la coordinación entre instituciones (Dirección Municipal de la Mujer, MAGA y CONRED), garantizar acompañamiento psicosocial y promover medidas de restitución material y simbólica — como la entrega de animales y la recuperación de su oficio— que devolvieron a la víctima dignidad, seguridad y sentido de pertenencia comunitaria. Esta experiencia simboliza el poder transformador del Trabajo Social como disciplina que puede incidir no solo en la atención directa, sino también en el diseño de políticas públicas con enfoque reparador, ético e intercultural y sobre todo distinguir la atención centrada en las necesidades de las personas y poder gerenciar el desarrollo.</p>
      <p>Para avanzar hacia un desarrollo humano genuino, se requiere una transformación estructural del sistema de atención a víctimas que incorpore la voz de las mujeres, garantice justicia oportuna, y asegure medidas integrales —legales, médicas, educativas, económicas y simbólicas— con pertinencia cultural. Sin esta transformación, el Estado continuará reproduciendo condiciones que perpetúan la exclusión, la desigualdad y la impunidad</p>
    </sec>
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