La cooptación de la Corte de Constitucionalidad

Autores/as

  • Haroldo Shetemul

Palabras clave:

cooptación, Corte de Constitucionalidad

Resumen

La importancia de que existan órganos de control y contrapeso es que eviten los abusos cometidos por los poderes del Estado. Ese
es el caso de la Corte de Constitucionalidad, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional. Para ello, una condición
sine qua non es que sea un tribunal colegiado, independiente de los demás órganos del Estado. La CC ha jugado hitos importantes
en la historia reciente. Por ejemplo, en 1993, cuando la presidía Epaminondas González, declaró inconstitucional el autogolpe de
Estado de Jorge Serrano Elías, lo que evitó que se consumara el rompimiento del orden constitucional. ¿Qué hubiera sucedido si los
magistrados del alto tribunal constitucional hubieran respondido a las directrices del poder Ejecutivo? Los magistrados de la CC de
ese entonces mantenían una plena distancia e independencia de los poderes, y eso permitió que se protegieran las instituciones del
Estado.

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Publicado

2025-06-06

Número

Sección

Polifonía

Cómo citar

La cooptación de la Corte de Constitucionalidad. (2025). Análisis De La Realidad Nacional, 10(201), 111-112. https://revistasguatemala.usac.edu.gt/IPNUSAC/article/view/2922