La independencia de la CC y estado de Derecho
Palabras clave:
Estado de Derecho, Corte de ConstitucionalidadResumen
Nuestra Constitución Política en el artículo 268 establece que “(l)a Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de
jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia
de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que le asigna la Constitución y la ley de la materia.” La CC tiene
un importante rol en nuestra arquitectura constitucional y política a la cual me referiré en esta columna.
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Publicado
2025-06-10
Número
Sección
Polifonía
Cómo citar
La independencia de la CC y estado de Derecho. (2025). Análisis De La Realidad Nacional, 10(200), 88-90. https://revistasguatemala.usac.edu.gt/IPNUSAC/article/view/2942
